21 de diciembre de 2010

Canón digital

¿Y qué opináis del Canón digital? ¿Estáis de acuerdo con esta tasa?

Como ya sabemos el canón es la remuneración compensatoria por copia privada o canón por copia privada; es una tasa aplicada a diversos medios de grabación y cuya recaudación reciben los autores, editores, productores y artistas, asociados a alguna entidad de gestión de derechos de autor, en compensación por las copias que se hacen de sus trabajos.

El apoyo al canón se fundamenta en reforzar la legislación sobre derechos de autor (Ley de Propiedad Intelectual) para hacer frente a la piratería y garantizar una remuneración justa a los compositores, gestionando estas cuantías mediante una figura creada por la ley, las conocidas entidades de gestión (SGAE, CEDRO, VEGAP, DAMA, AISGE, AIE, etc.).

Este tema no es menos controvertido que los anteriores, de hecho, hace apenas dos meses el Tribunal de Justicia de la UE declaró ilegal la polémica tasa.
Podéis consultar noticias relacionadas y la propia sentencia en los siguientes enlaces:

Noticia: http://www.elmundo.es/elmundo/2010/10/21/navegante/1287647829.html

Sentencia: http://estaticos.elmundo.es/documentos/2010/10/21/sentencia_canon.pdf

Como podréis comprobar es un tema complejo en el que no faltan argumentos en contra, que todos y todas sufrimos a diario.
¿Qué me decís de tener que pagar un mismo impuesto hasta cuatro veces por tener un ordenador? (Pagamos el canón del disco duro, el de la grabadora de CD/DVD, el de la impresora, el de los CD´s y DVD´s, etc.)
Las críticas a las sociedades de gestión, con la SGAE a la cabeza, parten de ámbitos de toda índole, no son solo los "piratas" los que las cuestionan. Se ha denunciado en más de una ocasión la falta de transparencia en los procedimientos de asignación económica del cobro del gravamen.
También se alega que personas que no tienen relación con la creación de la obra se están beneficiando con este impuesto. Incluso se ha llegado a constatar que la gestión de derechos se ha hecho sin el consentimiento de los autores de la obra; se ha dado el caso en que una entidad de gestión ha cobrado por una obra de un autor que no pertenece a dicha entidad.

¿Por qué tengo que pagar un impuesto repetidas veces por copiar un CD con las fotos de mi viaje de este verano? ¿Contra quién estoy atentando?

El tema que nos ocupa es de gran complejidad y entraña un profundo debate que está de plena actualidad en diversos ámbitos de la sociedad.
Es probable que en los próximos años el concepto de propiedad intelectual y todo el marco legal que lo sustenta, sufran modificaciones considerables.


¿Y tú qué opinas? Si estas contra el canón deja tu firma aquí:

http://www.todoscontraelcanon.es/






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